domingo, 17 de mayo de 2020

Leonel Fernández: “Ninguna fuerza política podrá ganar en primera vuelta”

Juramenta en la FP a más de dos mil exdirigentes del PLD de Sánchez Ramírez y Monseñor Nouel
El candidato presidencial por la Fuerza del Pueblo (FP) y partidos aliados, Leonel Fernández, aseguró este sábado que ninguno de los aspirantes a la Presidencia de la República alcanzaría los votos necesarios para ganar en la primera vuelta de las elecciones del cinco de julio.
Dijo que la presencia de tres fuerzas política en la República Dominicana ha fragmentado la preferencia del electorado, lo que no permitiría que ninguno de los partidos pueda lograr el 50 por ciento de los votos en los próximos comicios.
“La ruptura provocó la burbuja y la oposición llego en un momento hasta crecer cerca del 50 %, ahora está reducida entre un 40 % y un 42 % de intención de votos. Qué nos indica eso, que en el panorama político electoral dominicano actual, inevitablemente habrá una segunda vuelta”, señaló Fernández, quien a seguidas dijo que “ninguna fuerza política podrá ganar en primera vuelta”.
Fernández se manifestó en esos términos al juramentar a más de dos mil exdirigentes del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) de manera presencial y virtual, quienes desde hoy pasan a las filas de la recién creada organización que lidera.
Los miles de juramentados en la Fuerza del Pueblo residen en las provincias Sánchez Ramírez y Monseñor Nouel, quienes se desempañaban en el viejo partido como miembros del Comité Central, presidentes municipales, de intermedios y de comités de bases.
Adelantó que en el caso hipotético de que el partido de gobierno clasifique para una segunda vuelta, es seguro de que perderá las elecciones, por lo que estimó conveniente que las bases del PLD voten por la FP.
Precisó que el partido que lidera en un escenario de segunda vuelta ganaría las próximas elecciones con el apoyo de las bases del PLD y los diferentes partidos aliados.
Resaltó que el hecho de que miles de dirigentes de otros partidos pasan a las filas de la FP, es una clara señal de que la organización alcanzaría la Presidencia de la República, para convertirse en el partido de más joven en lograr esa hazaña.
Apuntó Fernández, que ninguna organización política en tan corto tiempo, a pesar de todas las adversidades, ha tenido tanto éxito como la Fuerza del Pueblo.
El tres veces presidente de la República Dominicana dijo que existen las condiciones para que las elecciones del cinco de julio se lleven cabo, ya que los diversos sectores de la población se estarán integrando gradualmente a sus funciones en los próximos días.
Al ser abordado por periodistas durante el recorrido por las mencionadas provincias, Fernández adelantó que mañana domingo ofrecerá datos contundentes respecto a los fondos de pensiones, tema que ha generado controversia en los diferentes sectores de la población dominicana.
Donaciones
Durante su recorrido por las provincias Sánchez Ramírez y Monseñor Nouel, el exmandatario donó 12 lámparas de luces ultravioleta y centenares de mascarillas quirúrgicas al hospital Inmaculada Concepción de Cotuí, así como cientos de raciones alimenticias y mascarillas al hogar de ancianos San Antonino de Padua, de Bonao.
Manifestó que los donativos representan un humilde gesto al loable trabajo que realizan el personal médico, además del compromiso de proteger a los adultos mayores de los embates del COVID-19.
El presidente de la Fuerza del Pueblo mañana estará por la provincia de San Pedro de Macorís juramentando nuevos miembros en la organización que lidera y además, sostendrá encuentros y reuniones con dirigentes.

martes, 14 de abril de 2020

*Reflexión constitucional llegado el 16 de agosto sin elecciones.*


Por el Dr. Elias Wessin Chavez

Reitero, en base a lo que disponen los artículos 271 y 275 de la Constitución, la misma "no puede ser modificada en Estados de excepción" como el actual; y las autoridades del Ejecutivo (presidente, vicepresidente, funcionarios y legisladores) cesan en sus funciones el 16 de agosto del año en curso. 

Disposiciones indefectibles, determinantes, esto es taxativas que preservan un bien mayor, la soberanía del voto popular.

La suspensión que nuevamente hace la JCE, la hace al tenor de una máxima latina que dice: "a lo imposible nadie está obligado."  Y otra que dice: "el Estado de necesidad hace derecho".

Elegir y ser elegido es un derecho fundamental, siempre que no ponga en juego la vida del votante, vida de la persona humana que es el derecho fundamental primero en prelación, consagrado en toda Constitución.

La JCE usa el precedente anterior (del 15 de marzo) en una peor situación a la de las elecciones municipales.  Es decir, con mucho más justificación.

Recordemos que la JCE es un órgano electoral cuyos miembros no cesan en sus funciones al llegar el 16 de agosto.

En cambio, el Poder Ejecutivo y Legislativo si cesan el 16 de agosto.

Ante el "vacío constitucional" que enfrentaremos, en la supuesta (y muy probable) imposibilidad de realizar en julio las elecciones, entonces sí cabe, lo que dice el jurista Cándido Simó cito: "Es conveniente retener que el mes pasado una Corte de Francia sentó el criterio de que la calamidad pública del Coronavirus es una "causa de fuerza mayor" y además el máximo interprete constitucional es el TC que siendo un órgano político del Estado tiene entre *sus facultades* la salvarguarda y protección del sistema democrático, que se realiza con la vigencia efectiva del régimen electoral."

Es decir, que en ese momento, sí debe entrar en acción el TC, pero deberá hacerlo después de que los partidos políticos y fuerzas vivas del país hayan llegado a un Gran Pacto Nacional o Pacto por la Democracia, para que el TC dirija temporalmente la transición hacia nuevas autoridades electas.

En otras palabras, no nos hagamos los ingenuos, se requerirá de la palanca política (Pacto por la Democracia) para preservar la gobernabilidad y darnos una nueva gobernanza.

miércoles, 17 de abril de 2019

PQDC DEPOSITA SU PADRÓN Y LAS ACTAS EN LA JUNTA DEL DISTRITO


El Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC), deposito la mañana de este miércoles en la Junta Electoral del Distrito Nacional, el padrón de sus afiliados y las actas constitutivas de los diversos órganos que conforman esta demarcación política.

Además fueron depositados los registros de los concurrentes, que se dieron cita en las diversas asambleas renovadoras, de los cuadros dirigenciales de la dirección del Distrito Nacional de ese partido, así como de las  circunscripciones 1,2 y 3. La comisión fue encabezada por el presidente del Comité del Distrito Nacional Lic. Pedro Alejandro Cosma,  Lic. Felipe Sánchez Vicepresidente del organismo y por el Delegado del PQDC ante ese organismo electoral Dr. David Brens. Dicha comisión fue recibida por el secretario de la Junta Electoral del Distrito, Lic. Luis Benjamín Peláez Sterling.

Con la entrega de esta documentación el PQDC, cumple con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, acción que esta desarrollando el partido en todas las Juntas Electorales del país, por disposición de su Presidente, Líder y Candidato Presidencial Dr. Elías Wessin Chávez.

lunes, 3 de diciembre de 2018

PQDC JURAMENTA EMPRESARIO AGRICOLA


Durante una rueda de prensa realizada en la mañana de este lunes fue juramentado como presidente del Frente Agropecuario, Medio Ambiente y
Recursos Naturales del Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano -PQDC- el
conocido empresario del sector agrícola, doctor José Miguel De Peña Jiménez.

Durante encuentro con los medios de comunicación realizado en la Casa
Nacional del partido amarillo, el presidente del mismo, doctor Elías Wessin Chávez, cuestionó la política agrícola desarrollada por el actual gobierno, señalando que hoy más que nunca, y a pesar de las publicitadas visitas sorpresas, el campo dominicano se encuentra en sus peores momentos, con un alto descenso en la producción de productos básicos, poco acceso al financiamiento, falta de incentivos, limitada capacidad de riego, y lo que denominó como el mayor enemigo de la producción nacional, las importaciones masivas auspiciadas por altos funcionarios del gobierno en detrimento de la producción nacional.

Wessin Chávez resaltó que con la llegada del destacado hombre del sector agrícola, el PQDC retorna a sus raíces históricas, asumiendo con nuevos bríos su eslogan histórico: “¡To’ pal Campo y con la manga arremangá!”.

Por su parte, el doctor José Miguel De Peña Jiménez, valoró la acogida dada por el PQDC y sus dirigentes a su persona, señalando que se integra a un partido con larga historia de aportes sociales y políticos al país.  Prometió aportar su experiencia y arraigo en el sector productivo nacional para que dicha organización se convierta en órgano motor de las aspiraciones de los hombres y mujeres del campo.

Asimismo, afirmó trabajará sin descanso por el triunfo del PQDC y sus candidatos en las próximas elecciones, porque significaría no solo un reverdecer del campo dominicano sino en todos los órdenes.


03/ de diciembre 2018

miércoles, 12 de septiembre de 2018

LA CORRUPCIÓN ADMINISTRATIVA Y SUS INSTITUCIONES, NOVENA PARTE: PROPUESTA POLITICA Y JURIDICA PARA COMBATIR LA CORRUPCIÓN ADMINISTRATIVA


Mientras el Congreso Nacional siga siendo un sello gomigrafo del Poder Ejecutivo, la elección de la Cámara de Cuenta este supeditado al Senado de la República hoy controlado por el Poder Ejecutivo, el nombramiento del Contralor y el Procurador General dela República sea una atribución del Poder Ejecutivo, será difícil pero muy difícil perseguir los actos de corrupción administrativa.


Sin embargo no todo está perdido, nos queda la sociedad que somos nosotros mismos, que interactuamos a través de las organizaciones representativas, y que debemos asumir un compromiso ante Dios y nosotros mismos, de cambiar el actual estado de cosas.


Entender que los políticos son solo administradores con poder delegatario del pueblo y que como tal deben administrar el erario público, en beneficio y a favor de todos, cuidando y preservando nuestro dinero, que llega al Estado por medio de nuestros impuestos y que deben ser invertidos en orden de prioridades que beneficie a todos.


Es por ello que entiendo se debe proceder a la modificación del ordenamiento legal existente, principalmente desde el punto de vista de la escogencia de los titulares del órganos de represión, persecución y sanción del delito de la corrupción administrativa.


Quizás no eliminaría el problema definitivamente, pues es bien conocido que la corrupción administrativa, es un delito que siempre ha existido, en mayor o menor grado, ahora bien lo que busco con las siguientes propuestas de modificación a la ley, es por lo menos tener un verdadero control y fiscalización por parte de las instituciones, destinadas para eso.


LEY 10-07 QUE INSTITUYE EL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL INTERNO Y DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.

En el caso de la modificación a la Ley 10-07 que instituye el Sistema de Control Interno y de la Contraloría General de la República debe modificarse el artículo 13, lo relativo a la forma de escogencia del Contralor  General de la República, para que en lo adelante diga:

¨La Contraloría General de la República debe ser una institución auxiliar del Congreso Nacional, en la  vigilancia de los recursos públicos; teniendo absoluta independencia funcional y administrativa  en el desempeño de sus labores¨.


Además el nombramiento del Contralor y el Sub-Contralor sea una atribución de la Asamblea Nacional, de las dos cámaras reunidas a esos efectos, que la escogencia sea con el voto de las 2/3 parte de los presentes, un año después de ser escogido el Presidente de la República y que la vigencia del Contralor y el Sub-Contralor sea por espacio de 8 Años, el duplo de duración del presidente que entro.


Existe evidencia en otro país, como lo es Costa Rica donde la forma de escogencia de este funcionario es idéntica a la que hemos planteado y existen mayores niveles de controles internos, pero además existe independencia real en este funcionario.


Articulo 183 Constitución de Costa Rica ¨La Contraloría General de la República es una institución auxiliar de la Asamblea Legislativa en la  vigilancia de la Hacienda Pública; pero tiene absoluta independencia funcional y administrativa  en el desempeño de sus labores


LEY 10-04 DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA DOMINICANA.

En el caso de los miembros de la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, al entender que es un órgano de control y fiscalización externa de los recursos del erario público, su escogencia debe estar integrada por una terna sometida a la Asamblea Nacional de dos miembros del Colegio de Contadores Públicos Autorizados, uno del Colegio de Abogados de la República Dominicana y dos escogido por la Asamblea incluyendo a quien la presida.


La escogencia será con el voto de las 2/3 parte de los presentes, un año después de ser escogido el Presidente de la República y que la vigencia de sus miembros sea por espacio de 8 Años, el duplo de duración del presidente que entro. Es importante aclarar que se requiere la modificación del artículo 248 de la Constitución de la República Dominicana.


ESCOGENCIA DEL PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA.

En el caso del Procurador General de la República, debe ser escogido por la Asamblea Nacional, ósea las dos cámaras reunidas, mediante ternas sometidas por el Colegio de Abogados de la República Dominicana, por el Colegio de Notarios, Organizaciones Jurídicas de la Sociedad Civil, Escuela de Derechos de las Universidades y que los postulantes no le sea conocida una afiliación partidaria.


La escogencia será con el voto de las 2/3 parte de los presentes, un año después de ser escogido el Presidente de la República y que la vigencia de sus miembros sea por espacio de 8 Años, el duplo de duración del presidente que entro. En Honduras es escogido por el Congreso Nacional. Art. 229 Constitución de Honduras. ¨El Procurador y Subprocurador General de la República serán elegidos por el Congreso Nacional por cuatro años, y no podrán ser reelegidos para un período subsiguiente, deberán reunir las mismas condiciones y tendrán las mismas prerrogativas e inhabilidades establecidas en esta Constitución para los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia¨


 SUGERENCIA DE UNA LEY ESPECIALIZADA PARA LOS CASOS DE CORRUPCIÓN ADMINISTRATIVA.

Lo anterior sobre las propuestas de modificaciones no iría bien de las manos si el Congreso Nacional no se involucra en la elaboración y aprobación de una Ley Especializada para los Casos de Corrupción Administrativa que tenga como fundamento:

1º. Tipificar los diversos actos de Corrupción Administrativa.

2º. Aplicar el tipo de sanción para cada uno de ellos, endureciendo las penas  tanto en lo civil y penal.

3º. Que cree una jurisdicción especializado para el tema.

4º. Que cree el Fiscal Anticorrupción

5º. No prescripción delos delitos de corrupción


TRIBUNAL ESPECIALIZADO PARA CASTIGAR LOS CASOS DE CORRUPCIÓN ADMINISTRATIVA.

Dentro de esta Ley Especializada para Casos de Corrupción administrativa, una de las sugerencias que hago es la creación de Tribunales especializado para esta materia, juzgadores que conozcan sobre el tema, sin afiliación política y con la capacidad de administrar justicia apegado a la ley.


Creo que así como existen tribunales de trabajo, de niñas y adolescentes para esos casos, el tema de la corrupción administrativa es un germen delictual que se ve diariamente en el aparato estatal, que con una jurisdicción para tales fines tendría mayor resultado, toda vez que se especializarían los juzgadores sobre las diversas formas delictuales conocida en el mundo sobre este mal. Tribunales para producir sentencias tanto en lo civil como en lo penal al mismo tiempo.


DE LAS SENTENCIAS EN MATERIA CIVIL Y PENAL PARA LOS CASOS DE CORRUPCIÓN ADMINISTRATIVA.

EN LO PENAL: Creo que la pena más alta debe ser de 40 años de cárcel.

EN LO CIVIL: Que la ley habilite al Estado para recuperar todos los bienes mal habidos en manos de funcionarios corruptos hasta la tercera generación. Es decir que hasta los nietos si se puede determinar que manejan bienes de funcionarios corruptos. Por decir estas dos sugerencias en cuanto al tema, sobre las sanciones penales y civiles.


 LA PRESCRIPCIÓN DE LOS DELITOS DE CORRUPCIÓN ADMINISTRATIVO.

En cuanto a la prescripción de los actos de corrupción administrativo, entiendo que los mismos no puedes prescribir, no importa contra que institución sea realizado el delito, al final siempre nos tocara a todos, directa e indirectamente.


DEL FISCAL ANTI-CORRUPCIÓN.

Entiendo que la realidad nos indica que el problema de la corrupción administrativa, es un caso al que hay que ponerle especial interés en harás de enfrentar este delito de dimensión nacional e internacional, debemos propiciar la modificación a la Constitución de la República para que se establezca la existencia de un Fiscal Anti-Corrupción.


Un Fiscal de jurisdicción nacional, con independencia de actuación y financiera real, sometido únicamente al imperio de la ley, que pueda ser consultado por los tres poderes del Estado, entiéndase Legislativo, Ejecutivo y Judicial, en cualquier momento que se lleve a cabo una investigación de hechos de corrupción, sin que esto sea una forma de sujeción a ninguno de estos.


Que este fiscal únicamente se encargue de investigar y poner en ejecución la acción pública en los casos de corrupción administrativa, no solo por la investigación, si no por el rumor público que señale a un funcionario.


Esto es parte de lo que haría nuestro partido y su líder el Dr. Elías Wessin Chávez, una vez lleguemos al poder el próximo 16 de agosto del año 2020, para combatir el delito de la corrupción administrativa.

En nuestro ultimo articulo estaré concluyendo todo el material sobre el tema de la corrupción administrativa que hemos tratados y las sugerencias finales.



Lic. Pedro Alejandro Cosma
Miembro del Comité Político
Y Presidente del Comité del Distrito Nacional
Del PQDC

lunes, 10 de septiembre de 2018

LA CORRUPCIÓN ADMINISTRATIVA Y SUS INSTITUCIONES, OCTAVA PARTE. ¨ INFUNCIONABILIDAD DE LOS ÓRGANOS ENCARGADOS DE LA PERSECUCIÓN Y SANCIÓN DE LOS ACTOS DE CORRUPCIÓN ADMINISTRATIVA


Existe todo un marco legal que persigue el delito de la corrupción en el Estado y tres son las instituciones trascendentales que deben ser parte importante en la vigilancia, control, persecución y sanción del delito de la corrupción administrativa, las cuales constitucionalmente están amparadas en el artículo 246 de la Constitución Dominicana que expresa tácitamente lo siguiente:


¨El control y fiscalización sobre el patrimonio, los ingresos, gastos y uso de los fondos públicos se llevará a cabo por el Congreso Nacional, la Cámara de Cuentas, la Contraloría General dela República, en el marco de sus respectivas competencias, y por la sociedad a través de los mecanismos establecidos en las leyes¨


Por otra parte la Constitución de la República, se refiere al Ministerio Publico representado en la persona del Procurador General de la República, que es designado por el presidente de turno, y que de acuerdo al artículo169 de la constitución, el Ministerio Publico es el órgano del sistema de justicia responsable de la formulación e implementación de la política del Estado contra la criminalidad, que dirige la investigación penal y ejerce la acción pública en representación de la sociedad.


Lamentablemente la realidad de nuestro sistema político, es que está basado en un régimen marcadamente presidencialista, por lo que todas las acciones que sean ejecutadas por el procurador, estarán estrechamente vinculadas a las decisiones del presidente de turno. En ese tenor dudo que estas instituciones amparadas constitucionalmente para actuar, dígase, el Congreso Nacional, la Cámara de Cuentas, la Contraloría General de la República y Procuraduría General de la República, puedan hacerlo de manera real, en razón de que quienes las dirigen responden directamente al Poder Ejecutivo.


Toda vez que la designación de los incúmbentes de las dos últimas instituciones citadas en el precedente párrafo, es una atribución conferida al Presidente de turno, lo que de alguna manera dificulta que estos puedan desarrollar una labor de persecución y sanción del delito.


Es como intentar tirarle piedra a la luna, creer que tanto el Contralor como el Procurador General de la República, actuarían contra el individuo que tiene en sus manos la autoridad de la permanencia en el puesto, o contra aquellos que en cierta forma son parte de los grupos mafiosos, que contribuyen en procesos electorales a favor de quien dirige la cosa pública, que una vez este último gana, estas mafias se enquistan en el poder en busca de devolverse al 1x1000 de todo lo gastado, por lo que sería un cuento de hadas que existiera algún tipo de sanción o la sola intención desde quien gobierna para que estos, cercanos colaboradores respondan ante los órganos de justicia, en pocas palabras es creer que los bomberos se pisan la manguera unos con otros en medio de un incendio.


No puedo bajo ninguna circunstancia, dejar fuera a un estamento del aparato persecutor de la corrupción administrativa, que forma parte del obsoleto organigrama disfuncional de los órganos encargados de persecución, fiscalización y sanción del problema, lo conforman la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), que aparentemente tendría cierto nivel de funcionabilidad administrativa y judicial, para perseguir los casos de corrupción administrativa, pero al final por ser dependiente del Procuraduría General de la República, será un órgano atado al requerimiento de este último, por lo que la supuesta independencia es solo una etiqueta.


CÓMO ESTÁN CONFORMADOS ESTOS ESTAMENTOS Y CUALES SON SUS FUNCIONES.


CONGRESO NACIONAL: Cuando nos referimos al Congreso Nacional, estamos hablando de la composición de las dos cámaras, del Senado y de Diputados de la república dominicana, concomitantemente juntos, conforman uno de los tres poderes del Estado, nos referimos al Poder Legislativo.


En un Estado de derecho y no de hecho, el Poder Legislativo debería de cumplir su papel no solo de elaborar las leyes, sino de fiscalización de las actuaciones de los funcionarios, en la administración de los recursos del erario público, como lo establece el artículo 246 de la Constitución Dominicana.


Lamentablemente, la realidad del congreso nacional se encuentran totalmente desnaturalizada, se ha desvirtuada su papel real de fiscalizador y por ende de poder político independiente, que debe actuar en función de un poder delegado soberanamente por electores, que los eligieron para tener un poder de representación sectorial y a la vez universal a favor de todos y no de grupo o colores de partidos.


CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA: Es una institución concebida constitucionalmente, el artículo 246 de la referida carta magna, le otorga funciones de control y fiscalización del gasto público, junto al Congreso Nacional y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana.


Amparada bajo la Ley 10-07 que instituye el Sistema Nacional de Control Interno y de la Contraloría General de la República, la misma desempeña las funciones propias de Control Interno en las empresas del Estado, vigilar que se aplican correctamente los procedimientos de ley, antes de la autorización de la emisión de un cheque, verificando además, la eficiencia y la calidad del gasto público. Lamentablemente esto solo ocurre en la escritura de su creación, la práctica real es otra, es permisiva en los controles internos.


CÁMARA DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA DOMINICANA: órgano especializado de vigilar los recursos que se invierten en las distintas instituciones del Estado, que posee no solo una base legal en la constitución, sino que la Ley No. 10-04 de la Cámara de Cuentas de La República Dominicana, le distingue dándole a ella la única dentro del grupo señalado, autoridad para intervenir cualquier otra institución del Estado y mediante auditorias poder comprobar la existencia de los hechos punibles realizados por los funcionarios.


Sin embargo la realidad es que la cámara de cuentas es un órgano de una autonomía cuestionada, toda vez que es conocido que en ocasiones las decisiones en la conformación de la misma, han sido el producto de componendas politiqueras y no de técnicos verdaderamente preparado para este tipo de  trabajo, lo que en el tiempo a la hora de cumplir su papel de fiscalización, estará sujeto si el funcionario cuestionado por ella, tenga cierta influencias en la decisión de escogencia y validación en el futuro de los componentes de sus miembros, lo que sin dudas será una patente de corso para este.


LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA: La situación es un tanto más difícil, pues en el caso anterior, ósea el de la Cámara de Cuentas, la escogencia de los mismos es el producto de una terna de la Cámara de Diputados al Senado de la República, implica que se dan niveles de negociación entre actores diferentes, permitiendo que quienes no forman parte del gobierno de turno, puedan tener algún representante.


En este caso el de la Procuraduría General de la República, la responsabilidad de nombrar a su incúmbente, es una decisión de quien en ese momento dirija el Poder Ejecutivo, siendo la duración de este funcionario, el mismo tiempo que dure esa administración, lo que nos indica que el titular de esa dependencia estará sujeto a la conveniencia de quien detente el poder en el momento, minimizando el poder de acción y la libertad con la que debe ejecutar, quien tiene en sus manos llevar a cabo la investigación y puesta en marcha la acción pública en los tribunales de la república, contra aquellos que laceran al Estado Dominicano.


LA PROCURADURÍA ESPECIALIZADA DE PERSECUCIÓN DE LA CORRUPCIÓN ADMINISTRATIVA (PEPCA): Es una institución amparada en nuestra constitución, en la Ley 133-11 que crea la Dirección de Persecución del Ministerio Público, con sus atribuciones propias y de las Procuradurías Especializadas y asume funciones derivadas del artículo 88 del Código Procesal Penal, Ley Núm. 76-02, o sea realizar por si misma todos los trámites y procedimientos inherentes al órgano de investigación, esto es indagar los hechos ilícitos, tipificados en el Código Penal Dominicano y demás normativas en la materia, reunir las pruebas y procesar sus autores en los tribunales de la República.


La realidad de este órgano es que es una institución totalmente dependiente en todo su accionar de la Procuraduría General de la República, por lo que no movilizaría la acción pública contra un funcionario del gobierno, no importa como se llame el presidente de turno, en un Estado que consta de un sistema totalmente presidencialista.


La realidad es que las instituciones están ahí y la ley le concede las funciones para  regular, supervisar, fiscalizar, perseguir y castigar a los corruptos, esto claro en un gobierno donde exista voluntad política para que se cumpla la ley, que actualmente no es el caso, situación que cambiara en el año 2020, cuando la decencia y la moral entren al Palacio Nacional con Elías Wessin Chávez como presidente.


En nuestro próximo artículo, estaremos proponiendo el modo de cómo funcionaran estas instituciones en un gobierno del PQDC:


Pedro Cosma
Miembro del comité Político y
Presidente del distrito Nacional
Del PQDC


miércoles, 5 de septiembre de 2018

Wessin Chávez dice: "Si hay voluntad política se pueden corregir fallas Ley de Partidos



SANTO DOMINGO.- El presidente del Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC) Elías Wessin Chávez, consideró que si hay voluntad política se pueden corregir “los entuertos” que tiene la Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas.

Wessin Chávez,dijo que si realmente se quiere crear un marco adecuado que sirva al interés de todas las organizaciones se puede hacer con la aprobación de la Ley Electoral que se está discutiendo.

Sin embargo, Wessin Chávez duda de que realmente se puedan aprobar iniciativas que permitan a todas las fuerzas políticas participar más o menos en condiciones de igualdad en el próximo proceso electoral.

El líder del PQDC observó que la Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas fue concebida solo para beneficiar al PLD, en particular de una facción que insistió  “hasta la saciedad” en el tema de  las primarias abiertas.

Ciertamente ---agregó-- la legislación fue “un traje a la medida” de la facción del PLD que gobierna la nación, y advirtió que si se usan todas las truchimanerías que se utilizaron en los comicios del 2016, se puede dar al traste con el sistema de partidos y aquí surgir  una dictadura de un solo partido, como lo hizo el PRI en México.

A su juicio la Ley no le conviene al país, ni siquiera a las propias entidades de la sociedad civil que la apoyan, porque, entre otros puntos negativos,  cercena la posibilidad de presentar candidaturas independientes, como ha abogado el PQDC para abrir un poco más el espectro político, y haya una verdadera participación democrática en el país.

Apunta que aunque la Ley de Partidos no habla de primarias abiertas o cerradas, si habla de padrón abierto cerrado que viene a ser lo mismo. Y apreció que en vez de adelantar el sistema de partidos de República Dominicana la referida Ley lo retrasa con varias de sus disposiciones.

Al respecto, señaló que hay artículos de la Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas que pueden ser declarados inconstitucionales “porque atentan contra el secretismo del voto y contra la libre asociación, en el caso del activismo de los partidos políticos”.

El presidente del PQDC subrayó que si hay intención y voluntad se puede  corregir, arreglar lo que nació malo, como es la citada  Ley, y que existe la oportunidad de hacerlo con la aprobación de la Ley Electoral, en discusión.

Empero, manifestó que tiene sus dudas de que se puedan hacer las correcciones necesarias, por lo que entiende  la incertidumbre creada con la ley va a permanecer, debido a que eso  le conviene  a las élites política y empresarial que quieren seguir dominando el panorama dominicano.

Elías Wessin Chávez, dijo que eso es lamentable, pero aseguró que con o sin la Ley el PQDC va a cumplir  lo que le corresponde, ya que es un partido respetuoso de la legislación que rige, que norma el sistema político en el país.

sábado, 1 de septiembre de 2018

PARTIDOS POLITICOS, ORGANIZACIONES O EMPRESAS ECONOMICAS


La democracia, constituye el mejor de los sistemas políticos que tenemos, permite la pluralidad de las ideas, el ejercicio independiente de la organización de sus ciudadanos, al tenor de entidades partidarias, para que estos puedan aspirar a la dirección de los resortes institucionales del Estado.


Los partidos políticos, son entidades legales que permiten el sostenimiento de la democracia, en razón de que por medios de estos, los ciudadanos de una nación pueden presentar sus respetivas aspiraciones a los puestos de elección popular.


Lamentablemente en los últimos años, no solo en nuestros país, si no en otras naciones del mundo, los partidos políticos que de una u otra forma han tenido la conducción del poder, han dejado de ser organizaciones políticas de sostenimiento de la democracia, convirtiéndose en verdaderas empresas personales de sus respetivos lideres y sus dirigentes mas cercanos.


Hoy podemos observar como desde estas plataformas, concebidas en el interés de fortalecer nuestro sistema, resultan ser agencias intermediarias entre sus líderes y el Estado, ver como dirigentes que no son parte del gobierno y por consiguiente deberían estar en la acera de enfrente haciendo oposición, suelen tener contratos jugosos, tener familiares directos como asesores o simplemente ser agentes vendedores del gobierno actual.


Recuerdo hace unos años, como los lideres de los partidos politicos manejaban la situación nacional, era con altura, decisión, interés en la colectividad y sobre todo bajo la conservación de sus organizaciones, implicando la no claudicación de sus principios, cosa que hoy lamentablemente no suceden en esas organizaciones políticas.


La realidad de hoy no es el reflejo de ayer, los partidos de oposición comulgaban y hacían causa común en temas de interés nacional, hoy no es así, las decisiones de algunos lideres de oposición estan dirijidas, en cuanto le darán del pastel, para ayudarlo hacer.


Producto de estas acciones desacertadas e imprudentes, la política es concebida como un negocio, mas que un servicio a la ciudadanía, si vas al Estado y sales pobre, te colocan los calificativos negativos mas conocidos, ya que nos han enseñado que la política es un negocio para enriquecerse ilícitamente, donde tu invierte 50millones de pesos que nadie sabe de donde lo sacaste, para después cobrarte 100millones de pesos mas, con cargo al Presupuesto General de la Nación.


La triste realidad es que las acciones indecorosas e inapropiados de estos líderes, que no son más que mercenarios de la política, afectan en gran medida ha otros partidos, que su trayectoria desde su fundación siempre ha sido la defensa del pueblo y su apego a la defensa de los mejores intereses nacionales, como es el caso del Dr. Elías Wessin Chávez y el Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano  PQDC.


 La fundación de nuestro partido, liderado por el General Elías Wessin y Wessin, concibio un sentimiento patriótico de un  grupo de ciudadanos dominicanos, que propugnaron por un régimen verdaderamente democrático, donde los dominicanos tuvieran una nación que fuera respetada, que se les garantizara salud, educación, alimentacion, libertad, justicia social e igualdad de oportunidades para todos.


Ese legado continúa en el PQDC, hoy en las manos del Dr. Elías Wessin Chávez y de una gran número de ciudadanos de los cuales este humilde servidor es parte. Dominicanos probados en la honestidad, a los que el dinero corruptor nunca nos comprara, manteniendo nuestros principios y valores, siendo el único partido que estando en el poder, renuncio para irse a la oposición y enfrentar al gobierno actual de Danilo Medina.


Somos un partido de  ideales sanos y no funcionamos como empresa, vemos el Estado como el estamento principal, donde los políticos reales y serios, sirven a la nación con verdadero sentido patriótico y valores morales, procurando la estabilidad económica, social y política del país.


Un partido que respeta y valora  la voluntad popular, la cual es ejercida por los ciudadanos cada cuatro años, entregando los bienes que son de todos, para que un partido lo administre a favor de toda la colectividad y no como vaca lechera de un grupo, a la que se ordeña y les hierve las ubres, cuando no sirven para amamantar, a los corruptos disfrazados de patriotas.


Pedro Cosma
Miembro del Comité Político y
Presidente del Distrito Nacional
Del PQDC